Reino de Araucanía y Patagonia - Portal Mapuche

Comunicado de Prensa - 06 de enero, 2015

Con la firma 6 de enero de 1641 del Tratado de Quillin entre la Corona de España y la nación Mapuche que estableció la frontera entre ambos pueblos, se logró la primera gran victoria del pueblo Mapuche en su lucha por su independencia.

Image of 1860 map of the  Kingdom

Como en dicho tratado y en los subsiguientes, siempre participaron los mapuches del Puelmapu, que incluía aquellos situados en la Pampa y Patagonia, los cuales formaban un componente integral de los 4 butalmapu (identidades territoriales), dichos territorios siempre fueron considerados parte de la jurisdicción de los pueblos originarios. Es por ello que lo defendían antes y después de la creación por España, en octubre de 1777 del Virreinato del Río de La Plata.
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Mapa del Reino de Araucania y Patagonia. Este mapa refleja la realidad geográfica de la nación Mapuche en los momentos de la fundación del Reino de Araucanía y Patagonia. Más informaciones, click aqui


Sin embargo, con la firma del tratado de Quillin, España no puso fin a sus anhelos de conquista del territorio mapuche, solo la firme determinación del pueblo mapuche y los pueblos instituidos en los Meli-butalmapu (cuatro regiones) y tras continuas derrotas sufridas por el ejercito español, lograron finalmente establecer una paz relativamente duradera. Convencido de la imposibilidad de derrotar a las “hordas salvajes”, en julio de 1665 el Gobernador y Capitán General de la Capitanearía General de Chile y Presidente de la Real Audiencia, Francisco Meneses formuló una política orientada a “restituir el estado de Arauco”, posteriormente en 1774 de acuerdo al tratado de Santiago se estableció una legación diplomática mapuche en Santiago y en 1803, en el Parlamento de Negrete firmaron un tratado de alianza, entre otros acuerdos de beneficio reciproco, entre ambos partes.

Como es de público conocimiento el naciente estado chileno también reconoció en el tratado de Tapiwe de 1825, el río Bio-Bio como la frontera limítrofe entre ambos pueblos. Sin embargo al mismo tiempo introducía en su ordenamiento jurídico interno cláusulas que incluía como parte de su jurisdicción, el territorio de la independiente nación Mapuche. Con la celebración del tratado de paz y amistad de 1844 entre España y el naciente estado chileno, por el contenido de dicho tratado, España puso fin con sus compromisos centenarios con el estado Mapuche.  En dicho tratado España pone oficialmente fin a la guerra con Chile y le reconoce su independencia, el Artículo 1º dice: 

Su Majestad Doña Isabel Segunda […] “reconoce como Nación Libre, Soberana e Independiente a la República de Chile, compuesta de los países especificados en su ley Constitucional, a saber: todo el territorio que se extiende desde el desierto de Atacama hasta el Cabo de Hornos, y desde la Cordillera de los Andes hasta el mar Pacifico, con el Archipielago de Chiloe y las islas adyacentes a la costa de Chile. Y Su Majestad renuncia, tanto por sí, como por sus herederos y sucesores, a toda pretensión al Gobierno, dominio y soberanía de dichos países."

Sin embargo, los acuerdos entre dos estados, que afecta la soberanía territorial de otro estado y cuyas negociaciones se llevan a efecto sin la participación o el conocimiento del estado en cuestión, además de constituir una artimaña jurídica falto de ética, es también ilegitima, aunque constituya una adjudicación meramente “simbólica”. Los tratados de fronteras son imprescriptibles en el tiempo y España estaba impedida de transferir derechos que no poseía al nuevo estado, del mismo modo que, de acuerdo al principio jurídico uti possidetis, Chile no puede invocar herencia de territorios más allá de la jurisdicción territorial que España poseía, al momento de su declaración de independencia en 1810.

El tratado de paz y amistad entre España y Chile, fue interpretado por Chile como la “carta blanca” para argumentar posesión por “herencia” del territorio de los pueblos originarios, argumento similar utilizado por Argentina para reclamar como suyo, todo el territorio de los pueblos originarios desde la Pampa, Patagonia y el extremo austral del continente que formaban parte de los 4 butalmapu. Bajo este estado de indefensión a que el pueblo mapuche fue expuesto por la violación de los tratados por la Corona de España que de acuerdo a los tratados eran sus vasallos y que tan solo 30 años antes, en el Parlamento de Negrete de 1803, había ratificado la frontera y validado -una vez- en el tratado de Arauco de 1814.

Pero las autoridades mapuches no permanecieron inmóviles, frente a la felonía española y en vista de la inminente ocupación de su territorio, decidieron recurrir a una última estrategia jurídica para hacer valer su independencia y obtener su reconocimiento internacional. Después de cuatro días de debates en una asamblea constituyente o parlamento (Futa Koyang) en la que participaron más de 3,000 representantes de los cuatro butalmapu, incluyendo cientos de lonko y, con la activa participación del abogado francés, Aurelio Antoine de Tounens –naturalizado mapuche- acordaron establecer un gobierno monárquico constitucional, Aurelio-Antonio fue proclamado Soberano del Estado Mapuche, que se conoce bajo el nombre de Reino de Araucania y Patagonia.

Con la creación del gobierno monárquico constitucional el 17 de noviembre de 1860, en el contexto jurídico representa que la nación mapuche se excluye de toda dependencia extranjera. En el área del derecho internacional significa que la nación Mapuche rompe o disuelve formalmente sus vínculos jurídico que la ligaba con la Corona de España y Chile derivados de su condición de vasallos de España o ciudadanos chileno de acuerdo con el tratado de Tapiwe del 10 de enero de 1825.

A petición de los consejeros mapuche del Gobierno en el exilio, el 6 de enero de 2001, el Príncipe Felipe I, por Decreto Real estableció el 6 de enero como el “Día de la Soberanía de la Nación Mapuche”. Hoy el Gobierno en el exilio que dirige S.A.R. Principe Antonio IV, sigue levantando en el derecho internacional la llama de la libertad del glorioso pueblo Mapuche y resto de pueblos originarios, quienes durante la ocupación sufrieron el genocidio mas horrendo que conoce la historia sudamericana y después de ser llevado al borde de su extinción, fueron integrados por las nuevas repúblicas, en contra su voluntad, en condiciones de sumisión, racismo, discriminación y de extrema pobreza por la apropiación ilícita de su territorio y recursos naturales.

Pero la lucha no ha finalizado, el pueblo Mapuche sigue la huella de sus ancestros con la misma determinación reclamando sus derechos, mientras por su parte el gobierno monárquico en el exilio sigue resguardando los derechos constitucionales que las autoridades ancestrales de los cuatro butalmapu depositaran en el gobierno monárquico en noviembre de 1860 y ratificado en diciembre del mismo año.

La lucha por la reconquista de los derechos soberano del Estado Mapuche recobra bríos, porque esta vez se están utilizando todos los medios posibles, desde la movilización pacifica y el boicot en el Wallmapu a las empresas depredadoras, hasta la solidaridad internacional.  La lucha se da por dentro y fuera de la institucionalidad de los estados opresores a nivel local, nacional e internacional, sin desestimar la utilización de nuestros propios instrumentos legales o derecho consuetudinario y, el de los estados nacionales e internacional, hasta reconquistar nuestra autonomía y libre determinación, que nos corresponde como estado nacional preexistente a las nuevas repúblicas que se establecieron ilegalmente en nuestro territorio ancestral.

¡Amulepe Taiñ Weychan!, ¡Marrichiweu!

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North American Araucanian Royalist Society (NAARS)
http://www.steelcrown.org/


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