El Reino de Araucania y Patagonia
(1860-1862)

Su impronta histórico-jurídica

Por: FÉLIX ALBERTO MONTILLA ZAVALÍA(*) - 18 de Agosto, 2011

Sumario: I- La Patagonia del siglo XIX. II- El Reino de Arauncania y Patagonia. III- La Constitución Política de 1860. IV- Conclusión. V- Bibliografía

I- La Patagonia del siglo XIX

Luego de descubierta América del Sur, estando explorados casi todos los territorios más australes del continente, los españoles tomaron posesión de la Patagonia y establecieron pequeños asentamientos, la mayoría frente la costa marítima del Océano Atlántico.

La bravura de los aborígenes, especialmente ranqueles y araucanos que formaban mayoritariamente la nación Mapuche, las inclemencias del tiempo –sumamente frío y ventoso- y la pobreza del suelo para la agricultura hicieron casi imposible la vida Europea en aquella región por varias centurias, no obstante mantenerse nominalmente bajo el dominio de la corona española y el gobierno directo del Virreinato del Río de la Plata (creado en 1776), aunque una pequeña porción patagónica cordillerana y con límite al Océano Pacífico bajo la jurisdicción de la Capitanía General de Chile (1).

Al ocurrir la independencia de la Provincias Unidas (1810-1816) por la aplicación del principio jurídico del uti possidetis iuris el dominio mayoritario de aquellos desolados territorios indígenas pasó a la República Argentina (desde la costa Atlántica hasta las cumbres más altas de la Cordillera de los Andes del Sur), y la pequeña franja costera del Océano Pacífico a la República de Chile (2).

La región permaneció casi inhóspita y no recibió mayor atención de los políticos argentinos ni chilenos que se encontraban ocupados en organizar sus repúblicas (3).

Esporádicamente se hacían presentes las autoridades para contener las incursiones ranquelinas (en Argentina) y araucanas (Chile) que, unidas entre ellas, atacaban los pequeños asentamientos criollos indefensos ante organizados ejércitos de aborígenes comandados por recios caciques (4).

Ante esos sucesos el gobierno de Chile había aplicado una política estricta y combativa, en tanto la República Argentina optaba, en la mayoría de los casos, por acceder a lo solicitado por los ranqueles celebrando tratados de paz ante la imposibilidad de tomar el control del dilatado territorio patagónico.

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Real y Noble Orden de la Corona de Acero

Hacia 1860 el gobierno de Buenos Aires, decidió iniciar una lucha sin cuartel contra los malones que atacaban constantemente sus zonas productivas –que con la llegada de colonos inmigrantes se habían extendido a los territorios indígenas en las Pampas-.
Esa situación puso en pie de igualdad la actitud de dureza tomada por los gobiernos que, en virtud del derecho de posesión sucedidos a la corona española esgrimían su dominio sobre la Patagonia. El endurecimiento de la política contra los indígenas generó suma excitación entre los caciques ranquelinos que los llevó a unirse con sus pares araucanos para repeler a los gobiernos argentinos y chilenos.

II- El Reino de Arauncania y Patagonia

A este complicado contexto político indígena, sumada la falta de presencia efectiva de autoridades argentinas y chilenas en la Patagonia se agregaba el fenómeno europeo del imperialismo.

En efecto, durante la primera mitad del siglo XIX y hasta 1870 Inglaterra y Francia se habían disputado el dominio del mundo, y por ello lanzado a la exploración y conquista de muchos territorios que hasta ese momento habían permanecido inhóspitos.

Estas dos potencias procuraban insumos, mano de obra y mercados para sus crecientes industrias comerciales. Igualmente necesitaban mantener el control de los puntos militares y comerciales estratégicos del planeta,  y uno de ellos era la Patagonia, territorio geográfico por el que se podía tener el control del tráfico desde el Océano Atlántico al Pacífico.

Todas estas causas determinaron al ciudadano francés Orelie-Antoine Tounens a trasladarse hacia América del Sur, contactarse a los caciques araucanos y ranqueles más importantes e iniciar uno de los proyectos políticos más desconocidos y efímeros que se haya dado en el mundo.

El 17 de noviembre de 1860 los caciques Lonko Kilapan y Kalfucura decidieron el establecimiento del “Reino de Araucania y Patagonia - Nouvelle France” y una monarquía constitucional hereditaria dando autorización a Orelie-Antoine para consagrarse Rey (5) y legislar la Constitución.

La resolución mapuche se logró luego de meses de encuentros y reuniones a lo largo y ancho del territorio patagónico, en los que el consagrado Rey Orelie I habría comprometido su auxilio y el de Francia para luchar contra los gobiernos de Chile y Argentina y brindar mayor bienestar a los indios.

Con la fundación del Reino de Araucania y Patagonia las autoridades indias reafirmaban ante el mundo su derecho a la libre determinación y con esta estrategia aspiraban -con justo derecho- el reconocimiento y apoyo internacional. Los patagones deducían que al organizarse en un Estado moderno ayudaría a despertar el interés y la confianza de los países de Europa sobre su nación, creando las bases de legitimidad y estabilidad necesaria que les permitiera salvaguardar la integridad territorial e independencia nacional por la que habían luchado hacía varias décadas.

Para lograr tal fin el mismo día se sancionaba la Constitución y se notificaba de la erección del reino al gobierno Chileno (6).

A los tres días, establecía como límites de Araucania al río Bio Bío por el norte, el Océano Pacífico por el oeste, el Océano Atlántico por el Este desde el Río Negro hasta el Estrecho de Magallanes como su confín austral. Durante los meses siguientes se estableció la bandera, el escudo y se acuñaron monedas con el sistema de pesos (7).

El reino tuvo una efímera existencia. En 1862, el Rey Orelie-Antoine fue tomado prisionero por soldados chilenos, procesado y expulsado a Francia imputándosele el delito de atentar contra la soberanía territorial de dicho Estado. Hasta aquél año no había logrado que ningún país reconociera a la Araucania y Patagonia como reino, lo cual posibilitó que sus reclamos internacionales efectuados desde el exilio no tuvieran eco alguno (8). No obstante ello continuará con su intención de reestablecerse en el trono hasta la fecha de su muerte (1878).

III- La Constitución Política de 1860

La constitución sancionada por el Rey Orelie-Antoine I para organizar la monarquía de la Nueva Francia patagónica estaba precedida por una declaración con las características de preámbulo, tenía con sesenta y seis artículos divididos a lo largo de nueve capítulos.

La Carta Magna estaba inspirada, y en gran parte casi íntegramente copiada, de la francesa del 14 de enero de 1852.

El Preámbulo expresaba "Por nuestro decreto de fecha de hoy, he establecido en Araucanía una monarquía constitucional, y decretado que el trono sobre el cual he montado será ocupado, después de mi muerte, por mis descendientes en línea directa, y, en su defecto, por herederos tomados de las otras ramas de mi familia, según el orden ulteriormente fijado. Las bases de la Constitución son: 1 -Un rey o una reina, siguiendo el orden hereditario; 2-Ministros, dependientes solo del rey; 3- Un Consejo del Reino, formado de notables del país; 4 -Un Consejo de Estado, preparará los proyectos de leyes y los defenderá ante el Cuerpo Legislativo, conjuntamente con los ministros encargados de tomar la palabra en nombre del Gobierno; 5- Un Cuerpo Legislativo nombrado por sufragio universal, que discute y vota las leyes” (9).

El Monarca integraba el gobierno con un Cuerpo Legislativo, llamado también Cámara de Diputados. Previamente, todo proyecto o ley debía ser aprobado por el Consejo de Estado y el Consejo del Reino.

Entre sus normas curiosas figuraba la institución del estado de sitio que ocurría automáticamente al suceder ciertos eventos y era legislado meticulosamente en ocho artículos.

El Rey era el “Jefe del Estado”, “Comandante de las Fuerzas Armadas” y quien tenía la potestad de declarar la guerra, hacer los tratados de paz, de alianzas y de comercio,  nombraba a todos los funcionarios sin intervención del Parlamento. También le correspondía sancionar y promulgar las leyes, otorgar gracias y decretar amnistías. Asimismo, contaba con la facultad de conferir honores “sin derechos de casta ni privilegios" (10).

La Constitución también establecía que el Rey podía dotarse a sí mismo (o a la Corona) de bienes inmobiliarios y mobiliarios y su presupuesto por la duración de cada reinado "por una decisión especial del Consejo de Estado del Reino". También se legislaba sobre la gratuidad de los bautismos, matrimonios y entierros entre otras normas.

IV- Conclusión

La existencia jurídica del Reino de Araucania y Patagonia – Nueva Francia, dentro del contexto decimonónico enunciado, no puede ser negada como una manifestación real del derecho de autodeterminación de los pueblos según la concepción vigente en aquella época.

Hacia la segunda mitad del siglo XIX la Patagonia se encontraba habitada casi exclusivamente por tribus indígenas mapuches, en su mayoría ranqueles y araucanas, unidas por lazos raciales, religiosos y culturales cuyos derechos como sociedad política habían sido reconocidos tanto por el Estado Argentino como por el Chileno que en numerosas oportunidades habían celebrado tratados de Paz con las distintas tribus; potestad ésta que en aquél entonces sólo residía en cabeza de los sujetos del derecho internacional público (11).

A más de ello resultaba habitual en aquél entonces que peticiones políticas semi públicas o privadas recibieran, luego de constatado su viabilidad, el auxilio financiero y militar de gobiernos europeos. En el particular la injerencia de Napoleón III en América se patentizará en 1863 al sostener la creación del Imperio de México, por lo que, no era desacertado dentro del marco de la política internacional napoleónica la actitud de las tribus patagónicas ni del Rey Orelie-Antoine I.

El dictado de otros actos de soberanía, como fue la sanción de la Constitución, el establecimiento de símbolos patrios y demás normas jurídicas, afirmó la existencia incuestionable del Reino como entidad internacional independiente, pero el destierro del Rey (1862) y las campañas llevadas a cabo por los gobiernos de las Repúblicas Argentina y de Chile pusieron fin al conquistar la geografía de la Patagonia (12) e imponer sus soberanías, haciendo extinguir al Reino como sujeto territorial (13).

La Constitución de Reino de Araucania y Patagonia evidencia una acertada política indígena y la loable intención de un francés preocupado por un pueblo que pasó al olvido.

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(*) Abogado- Notario.  Doctor en Derecho Público y Economía de Gobierno de la Universidad Nacional de Tucumán, Post-graduado en Relaciones Internacionales de la Universidad Nacional de Tucumán. Miembro de la Asociación Argentina de Derecho Constitucional y del Instituto de Historia Militar Argentino. Director de Control y Gestión del Poder Judicial de Tucumán. Profesor en la Facultad de Ciencias Jurídica y Políticas de la Universidad Católica de Tucumán.

V- Bibliografía

1). VILLALOBOS, SERGIO y ESTELLÉ, PATRICIO; Historia de Chile, Santiago 1998, páginas 143 y siguientes. FLORIÁ, CARLOS ALBERTO Y GARCÍA BELSUNCE, CÉSAR; Historia de los Argentinos, Buenos Aires  1997, Tomo I, página 123 y siguientes.

2). RONCELLA, NAZARENO: Principios del Derecho Internacional Público, tomo II, Tucumán 1952, páginas 68 y siguientes.

3). SILVA, FERNANDO: Historia de Chile, Santiago 1998, página 454 y siguientes.

4). FLORIÁ, CARLOS ALBERTO Y GARCÍA BELSUNCE, CÉSAR; Historia de los Argentinos, Buenos Aires  1997, Tomo II,  página 149.

5). El Decreto expresa: "Nous, Príncipe Orrlie Antoine de Tounens, "Considerando que la Araucanía no depende de ningún otro Estado, que ella esta dividida por tribus, y que un gobierno central es reclamado por el interés particular como también por el interés general; Decretamos lo siguiente: Art. 1°- Una monarquía constitucional y hereditaria es fundada en Araucanía: el Príncipe Orrlie Antoine de Tounens es designado Rey.  Art. 2°- En caso que el rey no tenga descendientes, sus herederos serán tomados en las otras líneas de su familia, siguiendo el orden que será establecido ulteriormente por una ordenanza real. Art. 3°- Hasta que los grandes cuerpos del Estado sean constituidos, las ordenanzas reales tendrán fuerza de ley. Art.4°- Nuestro Ministro Secretario de Estado esta a cargo desde este momento. Hecho en Araucanía, el 17 de noviembre de 1860. Firmado Orrlie Antoine I. Por el Rey: El Secretario de Estado del Departamento de la Justicia. Firmado F. Desfontaine". (ORÉLIE-ANTOINE DE TOUNENS: Orllie-Antoine Ier - Roi d'Araucanie et de Patagonie - Son Avénement au Trône et sa Captivité au Chili - Relation écrite par lui-même. París 1863, páginas 16 y 17)

6). La correspondencia decía: "Al señor Ministro de Asuntos Extranjeros de Chile -señor Antonio Varas-. Señor Ministro: Le ruego depositar en manos de Su Excelencia el Presidente de la República de Chile, la carta autografiada de Su Majestad el Rey de Araucanía que le adjunto a la presente. Le ruego, señor Ministro, recibir las seguridades de mi consideración mas distinguida. Hecho en Araucanía, el 17 de noviembre de 1860. El Ministro de Asuntos Extranjeros de Araucanía, P. Desfontaine”. En tanto la carta personal dirigida por el Rey al Presidente de Chile -Manuel Montt Torres- dice: "Excelencia, Nous, Orrlie Antoine I, por la gracia de Dios, rey de Araucanía, Tengo el honor de hacerle conocer mi advenimiento al trono que acabo de fundar en Araucanía. Ruego a Dios, Excelencia, que El os tenga en Su santa y digna guarda. Hecho en Araucanía, el 17 de noviembre de 1860. Fdo. Orrlie Antoine I.” (ORÉLIE-ANTOINE DE TOUNENS: Orllie-Antoine Ier - Roi d'Araucanie et de Patagonie - Son Avénement au Trône et sa Captivité au Chili - Relation écrite par lui-même. París 1863, páginas 45 y 46).

7). Las monedas se acuñaron en cobre y plata. En el anverso figuran las armas del Rey Orelie-Antoine I y en el reverso el valor de las mismas. CUNIETTI-FERRANDO, ARMANDO: Historia de la Moneda Metálica Argentina, Buenos Aires 1988, páginas 47 y 48.

8). No obstante ello los sucesores del el Rey Orelie-Antoine I han mantenido, hasta el día de hoy, algunos reclamos internacionales cuya seriedad ha sido juzgada en forma dispar por los especialistas en la materia. Lo sucedieron como pretendientes a la Corona de Arauncania en el exilio –en París-: Rey Aquiles I (1878-1902), Rey Antonio II (1902-1903), Reina Laura Teresa I (1903-1916), Rey Antonio III (1916-1952), Príncipe Felipe (1952-actualidad).

9). ORÉLIE-ANTOINE DE TOUNENS: Orllie-Antoine Ier - Roi d'Araucanie et de Patagonie - Son Avénement au Trône et sa Captivité au Chili - Relation écrite par lui-même. París 1863, páginas 17 y 18.

10). El Rey Orelie Antoine I estableció el 17 de enero de 1869 la Real y Noble Orden de la Corona de Acero como distinción honorífica más importante del Reino de Araucania y Patagonia. Luego, ya en el exilio parisino, creó la Real Orden de la Constelación del Sur (1872). MANTEL, JUAN CARLOS; DELLEPIANE CÁLCENA, CARLOS; BERAMENDI, JORGE FERNANDO; Guía Mundial para coleccionistas de Insignias de órdenes, Buenos Aires 1998.

11). RONCELLA, NAZARENO: Principios del Derecho Internacional Público, tomo II, Tucumán 1952, páginas 183 y sgtes.

12). SILVA, FERNANDO: Historia de Chile, Santiago 1998, página 575 y sgtes. FLORIÁ, CARLOS ALBERTO Y GARCÍA BELSUNCE, CÉSAR; Historia de los Argentinos, Buenos Aires  1997, Tomo II,  página 152.

13). Un Estado se extingue por “anexión o incorporación,: hay incorporación cuando uno o más Estados son absorbidos por otro u otros; desaparecen jurídicamente los absorbidos, y el absorbente sigue como antes en su calidad  de sujeto de derecho internacional, engrandecido por el territorio y la población de los Estados extinguidos ” RONCELLA, NAZARENO: Principios del Derecho Internacional Público, tomo I, Tucumán 1952, página 143.

 

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