Mensaje Wiñoy Xipantu 2019 del Príncipe Federico I de Araucanía y Patagonia a la Nación Mapuche

Año Nuevo Mapuche – 24 de Junio, 2019


Marri marri pu Lonko,

Marri marri pu Machi,
Marri marri pu Werken.

Marri marri Kompuche.

Para mi es motivo de una profunda satisfacción dirigirme al pueblo mapuche y a otros pueblos y naciones originarias que integran el Wallmapu. También a los mapuche que se han establecido fuera de su territorio ancestral, en los centros urbanos o los que han emigrados a otras partes de Chile, de Argentina o del mundo. Les deseo a todos ustedes de corazón un feliz Wiñoy Xipantu.

A través de los medios sociales de información estamos diariamente informados sobre la brutal violación de los derechos humanos individuales y colectivos que los estados de Argentina y Chile infligen diariamente a integrantes de nuestra nación. Sobre esta situación me han contactado directamente autoridades y dirigentes de nuestro pueblo, ya sea entrevistándose personalmente conmigo o a través de correspondencia, en la que se me han solicitado reactivar mi gobierno y realizar acciones solidarias en su defensa.

Considerando lo anterior, el 29 de noviembre de 2018 me contacté con la Corte Penal Internacional (ICC) de La Haya (Países Bajos) para advertirle sobre la implementación de acciones y políticas gubernamentales de carácter genocidas que enfrenta el pueblo mapuche. Informé de que los mapuches que habitan en sus territorios ancestrales son privados de su fuente fundamental de existencia, de su derecho a una lucha pacífica por la reconquista de su territorio ancestral y de la defensa de su entorno natural. También dejé constancia de que estas justas demandas están injustamente tipificadas como delito, es decir son criminalizadas. Lo que supone un fraude de ley pues contraviene tratados internacionales.

En mi carta a la ICC señalé que: “Los estados de Argentina y Chile coordinaron ayer el genocidio físico de la población mapuche para destruir el Estado Mapuche, hoy cooperan para criminalizar y reprimir sus justas demandas por sus derechos. Utilizan legislaciones de excepción y leyes antiterroristas para violar sus derechos humanos individuales y colectivos y causar un enorme número de allanamientos, detenciones, heridos y hasta muertos, técnicas orientadas a exterminarlo como pueblo distinto.”

Sin embargo, el reinicio de la comunicación con la ICC, que fuera originalmente establecido en 2012 por el fallecido príncipe Felipe I, no ha sido bien recibida por todos los mapuches, pero pese a las protesta de unos pocos, he optado por lo que yo creo que es correcto; continuar insistiendo en la viabilidad de nuestros caso ante dicha Corte.

Finalmente, la ICC, que solo acusaba recibo de mi correspondencia, el 20 de mayo de 2019, nos respondió oficialmente informando de que por los motivos explicados en la carta, por el momento, la Corte no procederá con el caso mapuche y que la información proporcionada permanecerá archivada. No obstante, señala que el caso se puede reconsiderar si nuevos antecedentes o pruebas proporcionan una base razonable para creer que se ha cometido delitos dentro de la jurisdicción del Tribunal.

A nadie con un mínimo conocimiento de la realidad mapuche se le escapa que los delitos que se comenten contra el pueblo mapuche, todos lo sabemos, son cotidianos, de tal forma que para este efecto habrá que compilar y documentar cada caso de violación de los derechos humanos de nuestro pueblo. Documentación que también hay que presentarla a los órganos de Naciones Unidas u otras tribunas internacionales.

Nuestro Charge d’Affairs, Conde Mariqueo de Lul-lul Mawidha, que encabeza el equipo de derechos humanos de la ONG Auspice Stella, ha estado desempeñando esta función ante el Consejo de Derechos Humanos y otros foros internacionales ya por varias décadas.

Los gobiernos de Argentina y Chile violan los artículos 6 y 7 del Estatuto de Roma de la Corte Penal Internacional, relacionado con el genocidio y crímenes de lesa humanidad, porque sus medidas políticas implementadas por su institucionalidad jurídica y policial dejan ver que dichos actos se avienen con la noción de que son “perpetrados con la intención de destruir total o parcialmente a un grupo nacional, étnico, racial o religioso”, según lo establece dicho Estatuto.

Ambos estados ocuparon ilegalmente el territorio con leyes que contravenían los tratados existentes. Lejos de reconocer dicha anormalidad, las autoridades contemporáneas de ambos estados no toman medidas de reparación para saldar en parte el daño causado a un pueblo que era independiente, libre y que en 1860 se habían dado un gobierno, una constitución y un soberano, impidiendo así la aplicación de la Doctrina de Descubrimiento. Las medidas políticas y jurídicas tomadas por el Toki Magñil Wenu y su gobierno, y ratificado por un Koyang (parlamento), la nación mapuche cumplía con todas las normas impuestas por el derecho internacional, coartando así todo pretexto jurídico para colonizar su territorio por potencias extranjeras.

El sentido de justicia y reconciliación con los pueblos originarios no parece constituir un asunto importante para los actuales gobiernos de Argentina y Chile. Las comunidades mapuches deben librar hoy interminables batallas para obtener justicia; la vía judicial raramente les da la razón, y es por ello que deben recurrir a la protesta de acción directa y tener que establecerse de hecho en las tierras que ayer fueron arrebatadas a sus abuelos.

En Argentina, los derechos de los pueblos indígenas fueron incorporados en la Constitución de 1994 y se otorgó rango constitucional al Convenio 169 de la OIT sobre pueblos indígenas. Además de normas del sistema interamericano sobre pueblos indígenas que también fueron asumidas. A pesar de estos avances jurídicos, y que para su cumplimiento hasta se han sancionado leyes para compatibilizarla con las normas internacionales, como la Ley 26.160 de Emergencia de la Posesión y Propiedad Comunitaria Indígena para poner fin a los desalojos de las comunidades indígenas de sus tierras, dichos avances no tienen correspondencia en la debida implementación real de los mismos.

Sin embargo, a pesar de que la Ley 26.160 tiene carácter obligatorio su cumplimiento en toda la república Argentina, ésta no se cumple, como está claramente acreditado en el caso del lof (comunidad) Campo Maripe, que a pesar de haber ganado el juicio el 23 de abril pasado, el Tribunal de Impugnación de Neuquén anuló la sentencia absolutoria y ordenó un nuevo proceso. Dicho fallo deja constancia de la preexistencia de la comunidad mapuche, pero sin ejercer la propiedad de su propio territorio, como que si fuera posible que una comunidad mapuche (mapu=tierra, che=gente) pudiese existir y desarrollarse en el aire. Esto hace de la justicia argentina objeto de mofa y de la supuesta reparación histórica de los pueblos originarios que establece la mencionada ley un chiste de mal gusto.

Sobre la consulta indígena que está promoviendo el presidente Piñera para modificar la Ley Indígena 1993, es arbitraria porque los mapuches no fueron consultados sobre los temas a discutir. Es más, esta fue impuesta y claramente con el objetivo de perseguir el despojo de las reducidas tierras aún en manos de nuestro pueblo. Las autoridades y dirigentes mapuches han establecido claramente que ellos no se oponen al dialogo, pero que este incluya los temas urgentes que a ellos les preocupan, como la restitución de sus tierras ancestrales, los problemas de la falta de agua, la educación bilingüe, la desmilitarización y la autonomía y libre determinación.

Concuerdo plenamente con aquellos que sostienen que el Presidente Piñera y su Gabinete no son los más indicados para llamar a una modificación de Ley Indígena, por la falta de moral, credibilidad y ética debido a la colusión de intereses personales que él y algunos miembros de su gabinete tienen en la Araucanía. Este conflicto de intereses se refiere a territorios protegidos por los Títulos de Merced, Títulos de Comisario y la Ley Indígena. Para corroborar lo anterior, he aquí lo que las comunidades mapuche-williche señalan al Presidente Piñera sobre terrenos adquiridos por éste y que dichas comunidades reclaman como suyas. En carta dirigida al mandatario señalan: “Nosotros, el pueblo Williche, tenemos derechos ancestrales y legales sobre estos territorios […] Nuestros derechos legales se sustentan en los Justos Títulos otorgados a nuestras comunidades por el estado español, los que luego de finalizada la guerra entre Chile y España en 1826, quedaron resguardados a perpetuidad en el Tratado Internacional de Tantauco.”

Para concluir, hago extensivo este mensaje de Wiñoy Xipantu a los presos políticos mapuches, a sus familiares y comunidad afectadas; a los relegados y refugiados mapuche y a los familiares de José Huenante de tan solo 16 años, desaparecido después de ser detenido por la policía chilena y cuya madre aún lo sigue buscando, a las decenas de desaparecido en el Puelmapu (Argentina). Aquellos que son víctimas de chantajes y montajes judiciales como es el caso del Lonko Alberto Curamil y del Werken Álvaro Millalen, ambos encarcelados en calidad preventiva desde agosto de 2918 por una denuncia incriminatoria anónima.

Pese a este escenario sombrío, estoy seguro de que donde quiera que se encuentren sabrán disfrutar el retorno Wiñoy Xipantu o regreso del nuevo ciclo de la naturaleza. Y sobre todo manteniendo como siempre esa llama de la esperanza de la libertad que tiene su raíz en nuestros padres de la patria, como los toki Leftraru, Pelentraru, Magñil y los lonko Kilapan y Kalfucura, entre otros muchos.

K’me amupe Wiñoy Xipantu kompuche!


Federico I

Príncipe de Araucanía y Patagonia