Centro de DD.HH. de la U. de Chile: “Para Pinochet se argumentaron razones humanitarias; para la machi, cárcel”

Por eldesconcierto.cl - 04 de enero, 2017

Myrna Villegas, directora del Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, publicó hoy una columna en La Tercera titulada “Diferencia de trato ante la justicia”, para contextualizar la situación judicial que vive Linconao.

La detención de la Machi Francisca Linconao, y la huelga de hambre que mantiene desde el 23 de diciembre, continúa generando cuestionamientos de parte de diversos sectores.

La situación humanitaria es muy delicada, tal como lo confirmó ayer el informe oficial del Departamento de Derechos Humanos del Colegio Médico, con el que el organismo advirtió a las autoridades que la machi Francisca Linconao no tiene “ni siquiera una semana”.

Además, las conclusiones incluyen desnutrición calórico proteica establecida; riesgo incrementado de caídas y fracturas patológicas; riesgo incrementado de Enfermedad Ulcerosa Péptica Gastroduodenal; riesgo de complicaciones neurológicas, pulmonares, renales, cardiovasculares, hepáticas, entre otras.

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Machi Linconao. Se encuentra en huelga de hambre desde el 23 de diciembre, 2016

Ante este escenario, la Directora del Centro de Derechos Humanos de la Facultad de Derecho de la Universidad de Chile, Myrna Villegas, publicó hoy una columna en La Tercera titulada “Diferencia de trato ante la justicia”, para contextualizar la situación judicial que vive Linconao.

AgenciaUno.

Villegas comienza revelando que mientras se pudo ver a la Iglesia instando el perdón a los “torturadores y ejecutores” de la dictadura militar, a un tribunal que concede el permiso a Natalia Compagnon para que pueda viajar al extranjero en medio de un proceso judicial, la machi “continúa privada de libertad, actualmente hospitalizada debido a su grave estado de salud, aun cuando también a ella le asiste la presunción de inocencia pues no ha sido condenada en juicio”.

En ese sentido, continúa explicando que “la Constitución de 1980 permite que el voto de una sola persona decida sobre si se otorga o no la libertad, pues habiendo un solo voto en contra, el imputado permanece en prisión preventiva”.

Además agrega que “para mayor sorpresa, esta norma constitucional, que hace referencia solo al otorgamiento de la libertad, está siendo aplicada en la Araucanía, en casos como el de la machi Linconao, en donde la defensa ni siquiera solicita la libertad, sino el cambio de medida cautelar de privación de libertad total a arresto domiciliario total, que no supone en caso alguno una puesta en libertad”.

Por eso, la facultativa considera que esto se trata “no solo una errónea aplicación de la normativa nacional, sino que se vulnera la Convención Americana de Derechos Humanos, y el derecho de todo preso a ser tratado como inocente mientras no haya sentencia condenatoria”.

Finalmente, cierra: “Para Pinochet en su día se argumentaron razones humanitarias, para los genocidas y torturadores, condenados por delitos comunes, ninguno por terrorismo, se pide indulgencia, para la machi, acusada simplemente (y no condenada) de cometer delito de terrorismo, cárcel”.

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Fuente: eldesconcierto.cl

 

 

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