|
Criminalización de las reivindicaciones
mapuche
El martes 13 y miércoles 14 de enero
del 2003 tuvo lugar un nuevo juicio oral en contra de un Lonko Mapuche
y comuneros, de la comunidad mapuche Jose Millacheo Levio
de Chekenko Lof mapu, comuna de Ercilla. Se trata del Lonko Juan
Ciriaco Millacheo Lican, quien junto a Carmelo Queipul, Luis Marin
Melinao, Pedro Lican Levinao, Jose Marileo Cayul, Juan Andres Necul
Marin, Vicencio Bayotoro Cayul, Luis Hernan Millacheo Ñanco
(hijo del longo) Luis Alberto Marin y Rene Marin Levio fueron sometidos
a juicio por el delito de hurto en el Tribunal Oral en lo Penal
de Angol .
CRIMINALIZACIÓN DE LAS REIVINDICACIONES
MAPUCHE
Juicio Oral Contra el Lonko y Comuneros
Mapuche de Chekenko.
POR: EDUARDO MELLA SEGUEL - TRABAJADOR SOCIAL
- COLABORADOR PROGRAMA DE DERECHOS INDIGENAS - INSTITUTO DE ESTUDIOS
INDIGENAS - UNIVERSIDAD DE LA FRONTERA.-
El martes 13 y miércoles 14 de enero del 2003 tuvo lugar
un nuevo juicio oral en contra de un Lonko Mapuche y comuneros,
de la comunidad mapuche Jose Millacheo Levio de Chekenko
Lof mapu, comuna de Ercilla. Se trata del Lonko Juan Ciriaco Millacheo
Lican, quien junto a Carmelo Queipul, Luis Marin Melinao, Pedro
Lican Levinao, Jose Marileo Cayul, Juan Andres Necul Marin, Vicencio
Bayotoro Cayul, Luis Hernan Millacheo Ñanco (hijo del longo)
Luis Alberto Marin y Rene Marin Levio fueron sometidos a juicio
por el delito de hurto en el Tribunal Oral en lo Penal de Angol
.
Los cargos que inicialmente se le imputaban eran secuestro calificado,
incendio y hurto de trigo, en contra de Magdalena Silva Correa,
propietaria del predio particular denominado Fundo Chiguaigue. En
el transcurso de la investigación, el Ministerio Público
excluyó cargos, y sólo se presenta acusación
por HURTO DE TRIGO en contra de los comuneros, solicitando penas
que van desde 700 a 900 días de cárcel (presidio menor
en su grado medio), y de parte del querellante privado el pago de
una indemnización de 12.945.000 de pesos por daño
material y moral.
Cabe señalar que el Longko de la comunidad Juan Ciriaco
Millacheo Lican- ha permanecido en prisión preventiva en
la cárcel de Angol desde el 12 de septiembre del 2002, y
esta siendo encausado además por asociación ilícita
terrorista, proceso que se sigue en contra de la Coordinadora Arauko
Malleko.
Historia del conflicto
La comunidad José Millacheo Levio,
ubicada en el lof de Chekenko, comuna de Ercilla, fue radicada en
1908 bajo el titulo de merced Nº 1611 con una cabida de 338
hectáreas, para 154 personas que la formaban en ese momento.
Sin embargo, la memoria histórica de la comunidad da cuenta
de que fueron excluidas al momento de la radicación, tierras
antiguas del lof correspondiente al sector oriente de la comunidad
en donde se emplaza el actual fundo Chiguaigue.
El primer conflicto por tierras se produce en 1929, donde comuneros
de Chekenko reclaman por usurpaciones de tierra al interior del
titulo de merced. En efecto el 2 de mayo de 1929, ante el
juzgado de indios de victoria , compareció Jose Millacheo
Levio y expuso: que viene a insistir en su reclamo en contra de
Roberto Anguita, agregando que este caballero "le esta sacando,
por medio de sus empleados, toda la leña y vendiéndola
(
) expreso además que en cambio los comuneros de su
reducción no se les permite sacar la leña existente,
diciéndoselos que no los autorizarían hasta que vaya
el ingeniero[1].
Décadas más tarde, el fundo Chiguaigue es adquirido
por la familia Silva Correa, que en referencias de la vecina comunidad
de Tricauco (...) Osvaldo Silva Correa, ese es otro usurpador,
el llego hasta Malleco. En la notaria figuraba con 400 has, pero
tenia mas de 5000 y esa tierra era de los mapuche (
)[2]
Los reclamos por restituir las tierras antiguas de la comunidad
correspondientes al actual Fundo Chiguaigue (no consideradas en
el titulo de merced) perduran en el transcurso del siglo XX, teniendo
acogida durante el gobierno de Salvador Allende, periodo del cual
los comuneros exponen que: nosotros estuvimos viviendo en
esa tierra, estuvimos trabajando, no pleiteando, y el año
1970 se expropio ese fundo que era de los Silva Correa, nosotros
fuimos a vivir en esa tierra, éramos como 22 personas, nos
dieron la tierra como asentamiento, pero cuando vino el golpe tuvimos
que volver a la reducción, a Chekenko, y ahí estamos
viviendo ahora[3].
El año 1983 la comunidad de Chekenko es dividida por la Ley
17.729 con una cabida de 470,43 hectareas para un total de 151 hijuelas.
En el año 1992 la comunidad solicita la devolución
de 150 hectáreas que le habría usurpado la Srta. Magdalena
Silva Correa correspondientes al fundo chiguaigue[4].
Otro aspecto a considerar, es que con la puesta en marcha de la
Ley Indígena (19.253), el estado comienza a regular las formas
de organización al interior de las comunidades indígenas,
en donde se elegiría por votación mayoritaria y democrática
a una directiva funcional; es decir, un Presidente, Vicepresidente,
Secretario y directores. En este contexto la gran mayoría
de las comunidades se constituye legalmente. No obstante la comunidad
de Chekenko no adhiere a la forma desde como el estado establece
que se deben organizar las comunidades indígenas, manteniendo
las tradicionales formas organizativas mapuche en donde persiste
las figuras del Longo y Werkenes.
Desde este contexto, la comunidad mapuche de chekenko sigue sosteniendo
un proceso de reivindicación sobre las tierras antiguas del
lof, proceso que se acelera a partir del año 2001, cuando
los comuneros hacen ocupación del predio, obligando a los
capataces y trabajadores del fundo chiguaigue a abondanarlo. Durante
el verano del 2002, el longko de la Comunidad Juan Ciriaco Millacheo
Lican concede una entrevista a la Pagina Electrónica Weftun
en donde expone el porque del proceso de reivindicación sobre
dicho predio explicando que:
"La historia de nuestra comunidad ha
sido de una trayectoria muy larga (...) nunca ha llegado a una solución
con la autoridad, que nos ha tramitado y tramitado y nunca nos ha
dado ningún resultado, y así han muerto varias gentes,
de ahí aparecimos las nuevas generaciones (
) Hay varios
factores dentro de la recuperación, en primer lugar, un espacio
muy reducido que tiene, y lo otro es que hay mucha necesidad y pobreza
dentro de la comunidad, por la escasez de tierras. Lo otro es que
hay que hacer un planteamiento más político dentro
del conflicto, para que al mapuche se le devuelva la autonomía,
la cultura que tenía anterior, igual la religión que
también es parte del Pueblo Mapuche (
) el conflicto
surgió más que nada por la necesidad, por no tener
donde trabajar más en condiciones, sino que estábamos
dándole vuelta a la misma tierra, todos los años,
tierras que están degradadas, que no tienen descanso, así
que era puro perder el trabajo y no daba para vivir (
) Aquí
en Chequenco viven unas ciento cincuenta familias, acaso no hay
más, en una superficie de 338 hectáreas, que daría
unas 2,5 hectáreas por familia no más; hay algunos
que tienen y otros que no tienen nada, que están allegados
donde sus papás (
) la actividad que hemos hecho, más
que nada, ha sido trabajar la tierra y controlar el espacio que
estamos ocupando, hemos tenido varias cosas importantes, por ejemplo
lo que es la siembra de trigo aquí, lo que es la chacra de
la papa, los porotos y un poco de hortalizas, y lo otro es la ganadería
que hay, es poco lo que hay, pero de ahí se irá mejorando
(
) De un principio fue harto duro, el Estado nos mandó
a reprimir, hemos tenido desalojos y persecuciones, pero ahora ya
como un año que hemos estado un poco más tranquilos,
no con tantas preocupaciones, pero hay que estar pendientes en las
cosas judiciales (
) los principales problemas que hemos tenido
son las detenciones y nuevamente que nos tienen orden de detención,
así que tenemos que cuidarnos, porque a nosotros no nos conviene
estar presos, porque nosotros queremos trabajar la tierra. Estando
presos no vamos a poder trabajar ahí, más que nada
vamos a perder tiempo y el gobierno va a tener que alimentarnos
(
) Otro problema es el de las negociaciones, las negociaciones
de la institucionalidad que tiene el Estado y nosotros no vamos
a aceptar mientras que el gobierno no se pronuncie con la oferta
que hizo durante la campaña política. El gobierno
ofreció que iba a devolverle la tierra a los mapuche y ahora
último le han dicho que devuelva la tierra y se ha hecho
el sordo...es culpa del gobierno que muchas veces haya violencia
entre carabineros y comunidad, no es culpa de las comunidades, más
que nada es culpa del Estado (
) Bueno,la recuperación
a nosotros nos ha servido como fuente de trabajo, ahí tenemos
la leña, el talaje, igual para subsistir nuestra casa, que
también hay que tener algo para vivir, para comer, y eso
igual hemos ganado por el tema del conflicto, no es mucho, pero
por lo menos a nosotros nos sirve para seguir resistiendo en nuestra
lucha, y así nos vamos a mantener. Mejorando nuestras condiciones,
pero con una idea propia, no con una idea que los políticos
nos digan por acá va el camino, sino que ya nosotros pasamos
por ese camino, no tenemos que seguirlos más y esa es la
idea de la lucha"[5]
En el marco de lo anterior Juan Ciriaco Millacheo Lican es detenido
el día 12 de septiembre del año 2002 y es trasladado
a la cárcel de Angol en donde permanece recluido hasta el
día de hoy. En paralelo a la detención del longko
de Chekenko, en la comunidad se han realizado una serie de allanamientos[6]
por parte de carabineros que tenían como objetivo la detención
de miembros de la comunidad. En este contexto desde la comunidad
se exponía en comunicado publico aparecido en la prensa el
día 5 de abril del 2003 lo siguiente:
La comunidad hace un llamado público a las autoridades
de Gobierno para que desistan de la PERSECUCIÓN POLÍTICA
que afecta al Lonko de Newen Mapu Juan Ciriaco Millacheo Lican,
además de otros 5 integrantes de la misma, que hoy están
prisioneros en cárceles de Angol y Temuco, además
del Lonko y 2 comuneros más de la comunidad vecina de San
Ramón.(
) Denunciamos a las Fuerzas Policiales de Carabineros
que actúan irracionalmente (golpean, roban herramientas,
ropa y dinero) en reiterados allanamientos a nuestras viviendas
en busca de supuestos terroristas, además de detenciones
y controles en vías publicas a jóvenes con inusitada
violencia, maltrato físico y psicológico (...)Dejamos
en claro que los mayores afectados por esta política represiva
son el Lonko y su familia principalmente, ya que se trata de una
acción selectiva que aplican conjuntamente el Estado, Empresarios
Particulares, Forestal Minico, Arauco y Cautin (
)[7]
Volviendo al actual proceso judicial que se sigue en contra del
longko de Chekenko y comuneros de dicha comunidad, a la ocasión
de dicho juicio que se desarrollo en la ciudad de Angol, el Ministerio
Publico y el querellante particular, David Araya, representando
a Maria Magdalena Silva Correa acusaron a los 11 imputados el hurto
de una cantidad de trigo que según los testimonios contradictorios
alcanzaba entre 30 y 800 sacos de trigo. Los testimonios presentados
por estos se basaba sobre 7 testigos quienes estaban oculto tras
un biombo que evitara el contacto visual entre testigos e
imputados. Finalmente, el día lunes 19 de enero, el
tribunal de Angol dicta un fallo definitivo, concluyendo la existencia
del delito, sin embargo se excluye a Luis Marin Melinao, Luis Alberto
Marin, Rene Marin Levio y Andres Necul, los que fueron absueltos
de lo delitos que se les imputaba. Mientras el resto de los comuneros
incluido el Longko- fueron condenados a 541 días de
presidio menor en su grado medio, y al pago de $2.000.000.- de indemnización
por daños morales en prejuicio de la propietaria del fundo
Chiguaigue, y de $900.000 por el trigo hurtado . en
este contexto laAgrupación de Familiares y Amigos de
los Presos Políticos Mapuche expone en un comunicado
publico fechado el día 22 de enero lo siguiente:
(
)Rechazamos categóricamente
la sentencia dictada por el Tribunal Oral de Angol que estableció
la existencia de siete supuestos culpables de este hecho,
quienes fueron condenados a 541 días de presidio menor en
su grado medio y al pago de una indemnización de 2 millones
de pesos. Entre los condenados, nuevamente, se encuentra un LONKO
de comunidad, Juan Millacheo Lican, legítimo dirigente mapuche,
que desde hace más de 16 MESES se encuentra prisionero en
la Cárcel de Angol. (
)[8]
Conclusiones.
Una vez mas se pudo observar como a través
de los órganos de administración del estado, así
como en la prensa se criminaliza demandas sociales y territoriales
mapuche. En este sentido, tanto la prensa escrita como medios electrónicos
se refirieron de forma mediática al caso resaltando el carácter
delictual Hurto de Trigo. Por ejemplo, el diario electrónico
el gong, se remite a transcribir el resumen de la acusación
presentada por el Ministerio Publico: A 541 días de
presidio menor en su grado medio y al pago de una indemnización
de 2 millones de pesos fueron condenados por el Tribunal Oral en
lo Penal de Angol (
) como autores del delito de hurto perpetrado
en el fundo Chiguayhue de la comuna de Ercilla (
)Los hechos
que dieron origen a la investigación del Fiscal del Ministerio
Público de Collipulli, ocurrieron durante los meses de enero,
febrero y marzo de 2001, en circunstancias que los acusados sustrajeron
una cantidad aproximada de 100 quintales métricos de trigo
con hechonas desde el Fundo Chiguayhue ubicado en la comuna de Ercilla,
de propiedad de doña María Magdalena Silva Correa,
quien cansada de los constantes ataques a su fundo, finalmente lo
había abandonado. Los condenados luego de sustraerlo lo subieron
a carretas y lo trasladaron hacia la comunidad Chequenco, donde
fue trillado. La cantidad sustraída equivale a la suma de
$945.500 a razón de $9455 el quintal[9].
Por tanto, se reitera, en relación con otros juicios contra
mapuche:
· Se resalta el hecho delictual, descontextualizando tanto
histórica como territorilemnte dicho delito, restando indudablemente
elementos que entran en juego en un análisis mas objetivado
de la situación: el conflicto político territorial
que enfrenta al estado, particulares, grandes empresas en contra
de comunidades mapuche.
· Que si bien, a partir de la promulgaci´n de la ley
indígena se han hecho esfuerzos en materia de interculturalidad
( educación, salud) la justicia ha sido la institución
del estado que ha sido la más impermeable a los cambios generados
por estos procesos políticos. A pesar de la presencia de
un modesto y olvidado párrafo en la Ley Indígena (Párrafo
N°1, articulo N°7) reconociendo la costumbre como atenuante,
el trato de la justicia hacia los imputados mapuches no ha cambiado[10].
· Que existen contradicciones en las versiones de los testigos,
dejando claro las falencias de la investigación realizada
por la fiscalía.
· que existen, de parte del personal de carabineros ( que
acudieron como testigos) , testimonios extremadamente similares
a los de los testigos civiles que prestaran declaración ante
la fiscalía de Collipulli, los que le restan credibilidad.
· El Abogado querellante de Magdalena Silva Correa requirió
el pago de una multa de 12.945.000 por daño directo y moral,
lo que incluye el temor que significó para ella, el sufrir
este atentado. No obstante, que mientras los hechos ocurrieron,
la propietaria del predio se encontraba en la ciudad de Santiago;
es decir, a más de 650 kilómetros de distancia.
· La supuesta existencia de Testigos atemorizados por la
presencia de los imputados mapuche, convocaron la utilización
de un biombo que impidieran que se vieran a la cara. Temor que parece
desproporcionado al delito de que se trata (hurto). Además
de ser ilegal la utilización de testigos sin rostro,
y afectar el derecho a defensa de los condenados.
· La falta de prueba respecto de los hechos, y la concentración
en las circunstancias de las personas. Ante ello, la abogada de
la Defensoría Penal Publica, Myriam Reyes, recordó
en su alegato de clausura que el derecho penal se establece sobre
actos y no sobre autoría. No existiendo prueba del delito,
sino testigos contradictorios y testimonios presumiblemente falaces,
no se puede condenar a los imputados.
Fuentes de información
Ø Jose Aylwin y Martin Correa (Inedito)
Catastro de Conflictos y demandas de tierras mapuche en la
Provincia de Malleco Infomes y Antecedentes recopilados por
comunidad, Abril de 1995.
Ø Agrupación de Familiares y Amigos de Los Presos
Politicos Mapuche, Comunicado Publico aparecido el 22 de enero del
2004
Ø Comunicado publico de la comunidad Jose Millacheo
Levio de Chekenko, comuna de Ercilla, 5 de abril del 2003.-
Ø Diario electronico EL GONG, edición
del 20 de enero del 2004. disponible en http://www.diarioelgong.cl/news
Ø Mella Seguel, Eduardo, conversación con Kimche de
Tricauco, Julio del 2003, en Antecedentes socioterritoriales
y de relaciones de poder en la actual comunidad mapuche de tricauco
en Informe Pericial solicitado por la Defensoria Penal Publica,
Oficina Mapuche de Temuco, para ser presentado en la causa Luis
Amable Catrimil y Otros, Proceso rotulado con el RUC: Nº 01000086954-2;
y RIT 23-2003, por incendio, denominada Poluco Pidenco. Septiembre
del 2003.
Ø Mella Eduardo, Le Bonniec Fabien Movimiento mapuche
y justicia chilena en la actualidad: reflexiones acerca de la judicialización
de las reivindicaciones mapuche en Chile. Ponencia presentada
en el Seminario Internacional de Derechos Humanos y Pueblos Indígenas:
Tendencias Internacionales y Realidad Local, Organizado por el Instituto
de Estudios indígenas de la Universidad de la Frontera, Temuco,
Julio del 2003
Ø WEFTUN, Publicacion oficial de la Coordinadora Mapuche
Arauko Malleko - Año 1- Numero 2- Enero 2002, disponible
en http://www.nodo50.org/weftun/.
__________________________
- Juzgado de Indios de Victoria, expediente
Nº 254, Reivindicación: Jose Millacheo Levio
con Roberto Anguita, Citado en Jose Aylwin y Martin Correa
(Inedito) Catastro de Conflictos y demandas de tierras
mapuche en la Provincia de Malleco Infomes y Antecedentes
recopilados por comunidad, Abril de 1995.
- Mella Seguel, Eduardo, conversación
con Kimche de Tricauco, Julio del 2003, en Antecedentes
socioterritoriales y de relaciones de poder en la actual comunidad
mapuche de tricauco en Informe Pericial solicitado
por la Defensoria Penal Publica, Oficina Mapuche de Temuco, para
ser presentado en la causa Luis Amable Catrimil y Otros, Proceso
rotulado con el RUC: Nº 01000086954-2; y RIT 23-2003, por
incendio, denominada Poluco Pidenco. Septiembre del 2003.
- Relato de de Jose Millacheo Cayul realizado
en Ercilla el 23 de Septiembre de 1993, y aparecido en José
Aylwin y Martín Correa (Inédito) Catastro
de Conflictos y demandas de tierras mapuche en la Provincia de
Malleco Informes y Antecedentes recopilados por comunidad,
Abril de 1995.
- Cara dirigida a Arnoldo cayun, Catastro
CEPI, 21 de septiembre de 1992. aparecido en aparecido en José
Aylwin y Martín Correa (Inedito) Catastro de Conflictos
y demandas de tierras mapuche en la Provincia de Malleco
Informes y Antecedentes recopilados por comunidad, Abril de 1995.
- Entrevista al Longo de la Comunidad de
Chekenko, por Weftun, Publicacion oficial de la Coordinadora Mapuche
Arauko Malleko - Año 1- Numero 2- Enero 2002, disponible
en http://www.nodo50.org/weftun/
- En Mayo del 2001 mas de 60 efectovos
de la policia civil, mas un numero indeterminado de fuerzas especiales
de Carabineros proceden al allanamiento de las viviendas de la
comunidad y a la detención de 11 comuneros de chekenko.
- Comunicado publico de la comunidad Jose
Millacheo Levio de Chekenko, comuna de Ercilla, 5 de abril del
2003.-
- Agrupación de Familiares y Amigos
de Los Presos Politicos Mapuche, Comunicado Publico aparecido
el 22 de enero del 2004.
- Diario electronico EL GONG,
edición del 20 de enero del 2004. disponible en http://www.diarioelgong.cl/news
- Mella Eduardo, Le Bonniec Fabien Movimiento
mapuche y justicia chilena en la actualidad: reflexiones acerca
de la judicialización de las reivindicaciones mapuche en
Chile. Ponencia presentada en el Seminario Internacional
de Derechos Humanos y Pueblos Indígenas: Tendencias Internacionales
y Realidad Local, Organizado por el Instituto de Estudios indígenas
de la Universidad de la Frontera, Temuco, Julio del 2003.
Subir
|